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La jubilación es un derecho

En AEFIP estamos siempre junto a los trabajadores, por eso el miércoles marchamos con el Frente Sindical y los movimientos sociales para apoyar a nuestros compañeros y compañeras afiliadas jubiladas en rechazo al veto a la Ley de movilidad.

 

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SOBRE LA SECRETARÍA DE

PREVISIÓN SOCIAL

XI.- DE LA COMISION NACIONAL DE LOS JUBILADOS.

ARTICULO 73º: La Comisión Nacional de los Jubilados estará formada por los Delegados Titulares designados a tal efecto por cada Seccional, en la proporción de uno (1) por cada ciento cincuenta
(150) afiliados vitalicios o fracción, los que en su primera reunión elegirán entre sí los integrantes del Consejo Directivo que estará formado por cinco (5) miembros.

ARTICULO 74º: El Consejo Ejecutivo de la Comisión Nacional de los Jubilados elegirá entre sus miembros un Presidente, quien integrará el Mesa Directiva Nacional, teniendo derecho a voto, con el cargo de Secretario de Previsión Social con la siguiente asignación de tareas:
a)    Entenderá en todos los casos referentes a los aspectos previsionales de los activos próximos a jubilarse conjuntamente con el Secretario de Asuntos Sociales, y de los pasivos.
b)    Organizar actividades culturales y recreativas para los pasivos.
c)    Organizar el Servicio Jurídico para los pasivos.
Asimismo un Delegado Titular por cada Seccional se incorporará a la Comisión Directiva con calidad de Vocal.

ARTICULO 75º: La Comisión Nacional de los Jubilados adopta como normas referidas a los requisitos para integrarla, funcionamiento, convocatorias, duración y período de los mandatos, régimen de elección, las establecidas en este Estatuto para el Congreso Nacional de Delegados.

Contacto


Flor Eligia

Presidenta de la Comisión Nacional de Jubilados

SECRETARIAS