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Facultades del Secretario de Relaciones Institucionales

Son facultades y obligaciones del Secretario de Relaciones Institucionales:

a)    Mantener y promover las relaciones de la organización con entidades y organismos públicos, privados y/o no gubernamentales, nacionales e internacionales; fomentando la colaboración recíproca en los aspectos que beneficien a las organizaciones adheridas.
b)    Deberá llevar un registro en el que consten las entidades o instituciones con las que haya tomado contacto.
c)    Mantendrá comunicación con organizaciones sindicales representativas del exterior, intercambiando la información necesaria y promoviendo acciones en conjunto.
d)    Tomará contacto con el Parlamento Nacional y demás organismos legislativos y Directivos, nacionales, provinciales y municipales, estrechando relaciones con vista al perfeccionamiento de  la legislación tributaria, fiscal, previsional y laboral del sector.
e)    Promover la coordinación de los organismos y/o entes de carácter tributario, aduanero, fiscal y previsional en el orden nacional, homogeneizando la legislación y el accionar de los mismos.